31 DE ENERO DE 2021 CONFERENCIA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Morelia, Michoacán, 31 de enero de 2022. Al ser la transparencia uno de los pilares y una de las estructuras básicas de funcionamiento de todo sistema democrático estando relacionado de manera implícita con el cuidado de la información, se realizó la Conferencia Protección de Datos vs Acceso a la Información “Acciones Afirmativas”, organizada por el Instituto Electoral de Michoacán (IEM), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP).

Para dar la bienvenida a la conferencia y en el marco de la Conmemoración del Día Internacional para la Protección de Datos Personales, el Consejero Presidente, Ignacio Hurtado Gómez, manifestó que el tema de protección de datos de las personas, así como el de acceso a la información son temas relevantes para las autoridades electorales, los cuales tuvieron mayor presencia durante el pasado proceso electoral en la búsqueda de una democracia incluyente.

Por su parte, la Consejera Carol Berenice Arellano Rangel, Presidenta del Comité del Transparencia del IEM fungió y moderadora de la conferencia impartida por la a Dra. Josefina Román Vergara, comisionada del INAI y comentada por el lic. Adrián Alcalá Méndez, comisionado de la misma institución autónoma.

Durante la participación de la Dra. Josefina Román, explicó una acción afirmativa en la que se contraponían la Protección de Datos Personales y el Acceso a la información, donde se presentó una solicitud de información ante el Instituto Nacional Electoral (INE) donde el solicitante pedía el nombre de las personas candidatas y de quienes resultaron electas y que contendieron al amparo de las cuotas para las personas de la comunidad LGBTTTIQ+ en el pasado proceso electoral a lo cual, el INE determinó entregar los datos personales de quienes habían autorizado expresamente su publicación.

Derivado de lo anterior, la comisionada mencionó que, la persona solicitante, interpuso un recurso de revisión ante el INAI (RRA-10703/21) y, en el que determinó que aunque el INE actuó de manera correcta al clasificar la información del las personas candidatas, era necesario que la protección de la información fuera sometida a un análisis de interés público, pues en este caso se estaba frente a intereses contrapuestos: mantener la confidencialidad de los datos o divulgar información por razones de transparencia, donde el pleno del INAI, concluyó que, cuando una persona decide ser candidata a un cargo de elección popular –sobre todo si va a representar a algún grupo en situación de vulnerabilidad–, existe un interés público de parte de dicho grupo y de la sociedad en su conjunto para identificar a sus representantes.

Asimismo el Lic. Adrián Alcalá Méndez, precisó el ejercicio de ponderación de derechos que realizó el pleno del INAI, donde se buscó prever la suplantación de cargos de elección popular y donde el resolutivo buscó garantizar que las y los grupos en situación de vulnerabilidad identificarán a sus candidatas y candidatos para conocer si representarán y defenderán sus necesidades

El evento contó con la presencia de las Consejeras Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, Araceli Gutiérrez Cortés, Viridiana Villaseñor Aguirre, así como los Consejeros Luis Ignacio Peña Godínez y Juan Adolfo Montiel Hernández, Mtra Areli Yamilet Navarrete Narajo, Presidenta del IMAIP, el comisionado Diego Anita Gutiérrez, así como  la Magistrada Yurisha Andrade Morales del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM).

La resolución del INAI identificada con la clave (RRA-10703/21) puede ser consultada en la siguiente liga: http://inicio.inai.org.mx/SitePages/Resoluciones_PDP.aspx


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